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120/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La legitimación pasiva en la controversia constitucional se actualiza cuando el poder o el órgano demandado intervino en el proceso de creación de la norma general impugnada, ya sea por expedición, promulgación o publicación, pues su actuación es susceptible de análisis constitucional.

Expediente
120/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
11 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La legitimación pasiva en la controversia constitucional se actualiza cuando el poder o el órgano demandado intervino en el proceso de creación de la norma general impugnada, ya sea por expedición, promulgación o publicación, pues su actuación es susceptible de análisis constitucional.

Resumen

En una controversia constitucional, se analiza la legitimación pasiva de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de un Estado. Se determina que ambos poderes tienen legitimación para ser demandados si intervinieron en la expedición, promulgación o publicación de la norma impugnada, ya que su actuación es susceptible de ser analizada en este medio de control constitucional. Se citan tesis que respaldan la idea de que el Poder Ejecutivo no puede eximirse de responsabilidad por el simple hecho de promulgar o publicar una norma si participó en su creación.

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