La dispensa del aseguramiento fiscal, en los casos de revisión, procede cuando el contribuyente demuestra que el cobro del crédito fiscal puede poner en peligro la fuente de sus ingresos, o cuando se trata de una persona de escasos recursos.
El aseguramiento fiscal es una medida precautoria que la autoridad puede imponer para garantizar el cobro de un crédito fiscal. Sin embargo, la ley prevé la posibilidad de dispensar dicho aseguramiento en ciertos supuestos. El presente criterio establece que esta dispensa procede cuando el contribuyente acredita que el cobro del crédito fiscal puede poner en peligro la fuente de sus ingresos, o bien, cuando se trata de una persona de escasos recursos. Lo anterior, con el fin de proteger la subsistencia del contribuyente y su familia.
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