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621/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La imposición de multas excesivas contraviene el artículo 22 de la Constitución Federal, al no considerar la capacidad económica del infractor y los atenuantes o agravantes de la infracción.

Expediente
621/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La imposición de multas excesivas contraviene el artículo 22 de la Constitución Federal, al no considerar la capacidad económica del infractor y los atenuantes o agravantes de la infracción.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la imposición de multas excesivas es inconstitucional. En el caso, se consideró que la multa impuesta a la quejosa no tomó en cuenta sus ingresos fiscales de cero pesos, ni valoró adecuadamente factores como la gravedad de la infracción, la capacidad económica, la reincidencia o el cumplimiento espontáneo de obligaciones. Por ello, se reservó jurisdicción a un tribunal colegiado para que analice los aspectos de legalidad relacionados con la multa y el procedimiento sancionador.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.