La falta de identificación completa del servidor público que levanta una boleta de infracción, al omitir el nombre y cargo de quien expidió la credencial, genera la nulidad lisa y llana del acto, al vulnerar el derecho a la seguridad jurídica del gobernado.
La Sala Regional determinó la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por un elemento de la Guardia Nacional. La nulidad se fundamentó en que el elemento no se identificó debidamente, omitiendo señalar el nombre y cargo de quien expidió su credencial, lo cual contraviene el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el derecho a la seguridad jurídica. Al ser un vicio formal que no puede subsanarse posteriormente, se declaró la nulidad total del acto impugnado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.