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266/2024SobreseeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La improcedencia de una controversia constitucional por extemporaneidad se actualiza de manera manifiesta e indudable cuando el planteamiento se realiza respecto de porciones normativas de una constitución local que establecen excepciones a la competencia de organismos públicos, y dicho planteamiento se efectúa con posterioridad a la fecha en que debió presentarse la demanda, conforme a los plazos legales aplicables.

Expediente
266/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LENIA BATRES GUADARRAMA
Fecha
7 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La improcedencia de una controversia constitucional por extemporaneidad se actualiza de manera manifiesta e indudable cuando el planteamiento se realiza respecto de porciones normativas de una constitución local que establecen excepciones a la competencia de organismos públicos, y dicho planteamiento se efectúa con posterioridad a la fecha en que debió presentarse la demanda, conforme a los plazos legales aplicables.

Resumen

Se desechó por extemporánea una controversia constitucional interpuesta contra porciones normativas del artículo 23-B de la Constitución Política del Estado de Morelos, que establecen excepciones a la competencia de la Comisión de Derechos Humanos para conocer de asuntos del Poder Judicial Local. La Suprema Corte determinó que se actualizó de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Federal, al presentarse la demanda fuera del plazo legal establecido.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.