La porción normativa "el hombre y la mujer" del artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco es inconstitucional por contravenir los principios de igualdad y no discriminación, al excluir injustificadamente a las parejas del mismo sexo del acceso a la institución del matrimonio.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó el artículo 260 del Código Civil de Jalisco, específicamente la frase "el hombre y la mujer", argumentando que discriminaba a las parejas del mismo sexo y violaba los derechos a la dignidad humana y al libre desarrollo de la personalidad. Las autoridades estatales defendieron la reforma, señalando que su objetivo era elevar la edad mínima para contraer matrimonio y combatir el matrimonio infantil, y que la frase impugnada no era el objeto de la reforma. La Suprema Corte determinó que, si bien la reforma se centró en la edad, la frase "el hombre y la mujer" persistía y constituía una exclusión discriminatoria.
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