La notificación de actos administrativos que determinan créditos fiscales debe cumplir con las formalidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación, incluyendo la debida circunstanciación del lugar y las personas con quienes se entendió la diligencia, para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente.
La Segunda Sala Regional en Jalisco del Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó la legalidad de las notificaciones de créditos fiscales. La actora alegó desconocer las resoluciones y la indebida notificación de las mismas. El Tribunal determinó que, si bien la autoridad demandada cumplió parcialmente con la carga probatoria al exhibir las constancias de notificación, en algunos casos las notificaciones resultaron ilegibles o no cumplieron con las formalidades legales, como la debida circunstanciación. Por ello, se declaró la nulidad de algunos créditos fiscales por vicios en su notificación, mientras que otros se consideraron legalmente notificados.
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