La competencia de las autoridades fiscales para emitir actos de molestia debe fundarse en los preceptos legales que les otorgan atribuciones, precisando la fracción, inciso y subinciso aplicables, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analiza la legalidad de multas emitidas por la Recaudación de Rentas de Durango. La actora argumenta que la autoridad carece de competencia para emitir dichas multas al no fundar adecuadamente su actuación. El Tribunal determina que, si bien la autoridad debe citar los preceptos legales que le otorgan facultades, en este caso, la Recaudación de Rentas sí fundó debidamente su competencia material, territorial y de grado, citando el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, lo que robustece su actuación y cumple con los requisitos de legalidad y seguridad jurídica.
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