Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito, con residencia en Culiacán· tema sin holding extraído
Se confirma la sentencia absolutoria toda vez que el tribunal de enjuiciamiento únicamente puede tomar en consideración los medios de prueba que efectivamente se incorporen al juicio y no datos con los que cuente la fiscalía en la investigación, retractación de primeros respondientes.
Expediente
63/2024
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito, con residencia en Culiacán
Ponente
Marco Antonio Peña Sanabria
Fecha
16 may 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se confirma la sentencia absolutoria toda vez que el tribunal de enjuiciamiento únicamente puede tomar en consideración los medios de prueba que efectivamente se incorporen al juicio y no datos con los que cuente la fiscalía en la investigación, retractación de primeros respondientes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.