El juicio contencioso administrativo debe sobreseerse cuando la resolución impugnada queda sin materia, al haber sido dejada sin efectos por la propia autoridad emisora.
La Segunda Sala Regional en Sinaloa del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó sobreseer el juicio contencioso administrativo. Esto se debió a que la resolución impugnada, emitida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, fue dejada sin efectos por la misma autoridad. La razón fue que la resolución original fue emitida por una persona no facultada para atender la reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado, lo que dejó al juicio sin materia y, por ende, procedió el sobreseimiento.
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