Las autoridades demandadas en el juicio fiscal y aquellas que puedan intervenir en la ejecución de los actos impugnados en dicho juicio, deben ser consideradas como responsables en el amparo directo promovido contra la sentencia dictada por el Tribunal Fiscal de la Federación.
El presente criterio establece que las autoridades que fueron demandadas en un juicio fiscal, así como aquellas que intervienen en la ejecución de los actos impugnados, son consideradas autoridades responsables en un amparo directo contra la sentencia del Tribunal Fiscal de la Federación. Se argumenta que, incluso si la sentencia declara la validez del acto, esta condiciona su ejecución, por lo que dichas autoridades sí pueden ser consideradas ejecutoras. De no aceptar este criterio, se impediría la procedencia de la suspensión en amparos directos contra sentencias del Tribunal Fiscal, dejando a las autoridades demandadas en posibilidad de ejecutar actos impugnados.
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