La exigencia de precisar el lugar exacto de ejecución de una orden de verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación es inadmisible, pues dicha diligencia se realiza en la vía pública sin necesidad de un punto estratégico determinado.
La revisión fiscal aborda la validez de las órdenes de visita domiciliaria, específicamente en el contexto de la verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación. Se argumenta que, si bien las órdenes de molestia deben cumplir formalidades, exigir a la autoridad que precise el lugar exacto de ejecución para este tipo de verificaciones es improcedente. Esto se debe a que la finalidad no es inspeccionar un lugar fijo, sino comprobar el cumplimiento de obligaciones fiscales de vehículos en tránsito, lo cual implica su ejecución en la vía pública sin un punto estratégico predeterminado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.