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121/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los actos procesales que antes podían impugnarse en amparo indirecto, por tener una afectación procesal en grado predominante, ahora solo son justiciables en amparo directo.

Expediente
121/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
6 dic 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los actos procesales que antes podían impugnarse en amparo indirecto, por tener una afectación procesal en grado predominante, ahora solo son justiciables en amparo directo.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación reitera su criterio sobre la procedencia del amparo indirecto. A partir de la emisión de un precedente relevante, se ha establecido que aquellos actos procesales que anteriormente se consideraban impugnables en amparo indirecto debido a su afectación predominante, ahora deben ser combatidos a través del amparo directo. Esto incluye resoluciones sobre caducidad, incidentes de recusación, y la admisión de terceros en juicio, entre otros.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.