El derecho del contribuyente a la devolución de cantidades a su favor se rige por las normas vigentes al momento en que dichas sumas se generaron, en aplicación del principio de irretroactividad de la ley y la teoría de los derechos adquiridos.
El presente criterio establece que las normas aplicables para determinar la procedencia de la devolución de cantidades a favor del contribuyente son aquellas vigentes al momento en que se generaron dichas sumas. Esto se fundamenta en el principio de irretroactividad de la ley en perjuicio del gobernado, consagrado en el artículo 14 constitucional, y se apoya en la teoría de los derechos adquiridos, la cual sostiene que el derecho a la devolución nace desde que se genera la cantidad a favor, independientemente de la fecha en que se presente la solicitud de devolución.
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