InvestigaciónDocumento
En línea
262/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La ausencia de un plazo de caducidad para la conclusión de la verificación de adeudos del pago de derechos, en el artículo 3 de la Ley Federal de Derechos, transgrede el principio de seguridad jurídica.

Expediente
262/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
17 nov 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La ausencia de un plazo de caducidad para la conclusión de la verificación de adeudos del pago de derechos, en el artículo 3 de la Ley Federal de Derechos, transgrede el principio de seguridad jurídica.

Resumen

El quejoso impugnó la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley Federal de Derechos, argumentando que la falta de un plazo de caducidad para la conclusión de la verificación de adeudos del pago de derechos viola el principio de seguridad jurídica. Sostuvo que esto genera incertidumbre al no establecer un límite temporal para el ejercicio de facultades sancionadoras.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.