La ausencia de un plazo de caducidad para la conclusión de la verificación de adeudos del pago de derechos, en el artículo 3 de la Ley Federal de Derechos, transgrede el principio de seguridad jurídica.
El quejoso impugnó la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley Federal de Derechos, argumentando que la falta de un plazo de caducidad para la conclusión de la verificación de adeudos del pago de derechos viola el principio de seguridad jurídica. Sostuvo que esto genera incertidumbre al no establecer un límite temporal para el ejercicio de facultades sancionadoras.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.