La caducidad de la instancia no opera en los procedimientos de separación, al no prever la ley su aplicación supletoria.
El presente asunto se relaciona con la determinación de si operó o no la caducidad de la instancia en un procedimiento de separación. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la caducidad de la instancia no es aplicable a estos procedimientos, ya que la legislación específica no contempla su aplicación supletoria, y por ende, no se actualiza la figura jurídica reclamada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.