La inoperancia de los agravios en apelación, por extemporáneos, impide el análisis de la legalidad de la detención y la debida fundamentación y motivación de la resolución impugnada, al haber precluido el derecho del apelante para impugnarla.
El Tribunal Colegiado de Apelación confirma el auto de vinculación a proceso al declarar inoperantes, inatendibles e infundados los agravios expuestos por la defensa. Se considera que los agravios relativos a la detención injustificada son inatendibles por extemporáneos, ya que el plazo para interponer el recurso de apelación había fenecido. Asimismo, se determina que la resolución impugnada se encuentra debidamente fundada y motivada, y que los argumentos de la defensa fueron valorados por el juez de control, aunque no resultaron suficientes para desvirtuar los datos de prueba de la fiscalía.
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