La invalidez de los numerales 1 a 6 de la fracción I del artículo 34 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuatro Ciénegas, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025, surte efectos a partir de la notificación de la resolución al Congreso del Estado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de los numerales 1 a 6 de la fracción I del artículo 34 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuatro Ciénegas, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2025. La controversia constitucional se promovió por el Poder Ejecutivo Federal en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Coahuila. La invalidez se decretó porque el legislador local invadió facultades federales al establecer el cobro de contribuciones relacionadas con la edificación para la extracción de hidrocarburos y la perforación de pozos, actividades reservadas a la Federación.
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