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227/2024ConcedeTCCConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz, Baja California Sur

El amparo concedido al quejoso principal y a su hija, en representación de esta última, contra la sentencia de apelación, se fundamenta en las consideraciones antepenúltimas, mientras que la negativa de amparo a la quejosa adherente se basa en la penúltima consideración, ambas relativas a la protección de los derechos de los niños en un divorcio sin causa.

Expediente
227/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, con residencia en La Paz, Baja California Sur
Ponente
Francelia Yarissell Rivera Toledo
Fecha
30 abr 2026
Materia
civil
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El amparo concedido al quejoso principal y a su hija, en representación de esta última, contra la sentencia de apelación, se fundamenta en las consideraciones antepenúltimas, mientras que la negativa de amparo a la quejosa adherente se basa en la penúltima consideración, ambas relativas a la protección de los derechos de los niños en un divorcio sin causa.

Resumen

El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito concedió el amparo y protección de la justicia federal al quejoso principal y a su hija, en representación de esta última, contra una sentencia de apelación. La protección se otorgó por motivos específicos detallados en las consideraciones antepenúltimas del fallo. En contraste, se negó el amparo a la quejosa adherente, basándose en la penúltima consideración, lo que implica que la sentencia impugnada prevalece en lo que respecta a sus pretensiones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.