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1034/2016OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El sueldo básico es la única base para el cálculo de la pensión, excluyendo la compensación garantizada y otras prestaciones.

Expediente
1034/2016
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
Fecha
7 sep 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El sueldo básico es la única base para el cálculo de la pensión, excluyendo la compensación garantizada y otras prestaciones.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la correcta apreciación del artículo 17 de la Ley del ISSSTE. Se determina que, para el cálculo de las pensiones, solo debe considerarse el sueldo básico, excluyendo la compensación garantizada, el seguro de separación individualizado, la ayuda de despensa y otras prestaciones, ya que estas se consideran cantidades adicionales al sueldo presupuestal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.