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SJF · Tesis

La asignación adicional, también conocida como compensación, debe considerarse para el cálculo de las prestaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores al servicio del Estado, siempre que se reciba de manera mensual, ordinaria, continua y permanente, independientemente de su denominación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 abr 2009
Materia
laboral
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La asignación adicional, también conocida como compensación, debe considerarse para el cálculo de las prestaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores al servicio del Estado, siempre que se reciba de manera mensual, ordinaria, continua y permanente, independientemente de su denominación.

Resumen

El concepto de "asignación adicional" o "compensación" debe incluirse en la base salarial para el cálculo de prestaciones laborales y de seguridad social. Esto se debe a que, si bien la ley original excluía ciertas prestaciones, la interpretación de los conceptos salariales ha evolucionado. La clave para su inclusión no es la denominación, sino que se reciba de forma mensual, ordinaria, continua y permanente, tal como lo han sostenido diversas tesis jurisprudenciales.

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