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3915/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La individualización de la pena debe basarse en parámetros objetivos y legales, no en acuerdos administrativos que carezcan de sustento constitucional y convencional, máxime cuando estos últimos no establecen criterios graduados de culpabilidad.

Expediente
3915/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
22 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La individualización de la pena debe basarse en parámetros objetivos y legales, no en acuerdos administrativos que carezcan de sustento constitucional y convencional, máxime cuando estos últimos no establecen criterios graduados de culpabilidad.

Resumen

Se analiza la constitucionalidad de un acuerdo emitido por el Fiscal General de Justicia del Estado de Nuevo León, el cual se utilizó para individualizar una pena sin establecer parámetros objetivos de culpabilidad. Se sostiene que dicho acuerdo, al no contar con sustento legal y constitucional, vulnera el derecho de defensa adecuada y el principio de legalidad, pues la autoridad judicial no puede basar sus determinaciones en criterios administrativos que no fueron emitidos por el órgano legislativo competente. Por lo tanto, se considera que la pena individualizada con base en dicho acuerdo es inconstitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.