El delito de infracción de deberes militares se considera comprobado aun cuando la autoridad responsable no cite el precepto específico del reglamento infringido, siempre que el acusado haya dejado de cumplir sus obligaciones militares sin justificación.
La presente ejecutoria establece que la falta de cita del precepto específico del reglamento de deberes militares en una sentencia no impide la comprobación del delito de infracción de deberes militares. Se considera suficiente que el acusado haya incumplido sus obligaciones militares sin causa justificada para tener por acreditado el ilícito.
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