Las garantías del debido proceso se dividen en dos categorías: las aplicables a todas las personas y las que protegen a grupos vulnerables, combinando el elenco mínimo de garantías con el derecho de igualdad ante la ley.
El caso aborda la interpretación de las garantías del debido proceso, distinguiendo entre aquellas aplicables a todas las personas y las específicas para grupos vulnerables. Se enfatiza que las garantías deben ser compatibles con la materia específica del procedimiento, ya sea penal, migratorio, fiscal o administrativo. La segunda categoría de garantías se enfoca en la protección de personas en situación de desventaja, como el derecho a asistencia consular o a intérprete, combinando el debido proceso con la igualdad ante la ley.
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