Los recargos fiscales no son exigibles durante la tramitación de un recurso administrativo contra una multa, si la tardanza en la resolución no es imputable al contribuyente.
El presente fallo establece que los recargos fiscales generados por el incumplimiento de una multa no son exigibles mientras se tramita un recurso administrativo contra la misma. Esto se debe a que la mora en el pago, condición para la exigibilidad de los recargos, no puede imputarse al contribuyente cuando la demora en la resolución del recurso es responsabilidad de la autoridad. Por lo tanto, no es legal que las autoridades incrementen los ingresos con recargos por su propia lentitud en resolver los recursos administrativos interpuestos.
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