La caducidad de los procedimientos administrativos iniciados de oficio opera cuando la autoridad no emite la resolución definitiva dentro de los plazos legales establecidos, independientemente de la fecha en que se cierre la instrucción.
La Segunda Sala Regional en Jalisco del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución administrativa que impuso multas. La Sala determinó que la autoridad no cumplió con los plazos legales para emitir la resolución definitiva tras el cierre del procedimiento administrativo sancionador. Al actualizarse la caducidad del procedimiento, la resolución impugnada resultó ilegal, procediendo su nulidad lisa y llana.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.