El recurso de reclamación es procedente cuando se impugna la constitucionalidad de una disposición de la Ley de Ingresos de la Federación y no existe jurisprudencia que resuelva el tema planteado.
Se resuelve el recurso de reclamación interpuesto por una sociedad de producción rural contra el acuerdo de la Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el cual se impugna la constitucionalidad del artículo 16, apartado A, fracción I, párrafo primero, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2020. El recurso se considera procedente al no existir jurisprudencia que resuelva el tema planteado, cumpliendo así con los requisitos de legitimación y procedencia.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.