La notificación de una resolución emitida en cumplimiento a un recurso de revocación, realizada por estrados, surte efectos de notificación en forma si el contribuyente reconoce tener conocimiento de la misma en su demanda, aun cuando la notificación por estrados pudiera ser ilegal.
La Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana del TFJA analizó la legalidad de la notificación de una resolución que determinó un crédito fiscal. La actora argumentó que la notificación por estrados fue ilegal y que la autoridad excedió el plazo de cuatro meses para emitir la resolución en cumplimiento. La Sala determinó que, si bien la notificación por estrados pudo ser ilegal, la actora reconoció tener conocimiento de la resolución en su demanda, lo que surtió efectos de notificación en forma y confirmó que la resolución se emitió dentro del plazo legal. Por lo anterior, se declararon infundados los argumentos de la actora en este aspecto.
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