Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Son fundados sus conceptos de violación, toda vez que la autoridad responsable en el laudo reclamado, indebidamente declaró improcedente la acción de la trabajadora, consistente en la solicitud de pensión de invalidez, porque no cumplió con los requisitos previstos en el artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo, pero lo correcto era prevenirla a fin de subsanarlos, no así respecto a los que no están contemplados en dicha normativa. DDGE.
Expediente
320/2025
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito
Ponente
Atziri Sánchez García
Fecha
15 may 2026
Materia
laboral
Sentido
concede
Tema · autorreporte del tribunal
Son fundados sus conceptos de violación, toda vez que la autoridad responsable en el laudo reclamado, indebidamente declaró improcedente la acción de la trabajadora, consistente en la solicitud de pensión de invalidez, porque no cumplió con los requisitos previstos en el artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo, pero lo correcto era prevenirla a fin de subsanarlos, no así respecto a los que no están contemplados en dicha normativa. DDGE.
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