El caso fortuito o de fuerza mayor liberan al causante del cumplimiento de la obligación tributaria, en virtud del principio general de derecho que establece que a lo imposible nadie está obligado.
Se sostiene que los principios generales de derecho son aplicables en materia fiscal, contradiciendo la idea de que solo las leyes específicas rigen esta área. Se argumenta que el caso fortuito o de fuerza mayor eximen al contribuyente de sus obligaciones fiscales, basándose en el principio de que nadie está obligado a lo imposible. Esto se alinea con el principio de equidad en el pago de impuestos consagrado en la Constitución, ya que el derecho busca la mayor equidad posible.
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