El acreditamiento del impuesto sobre la renta contra el impuesto al activo, así como la devolución de las cantidades actualizadas enteradas por este último tributo, son procedentes en los términos previstos por la ley.
El contribuyente busca la devolución de las cantidades pagadas por concepto de impuesto al activo, argumentando que el acreditamiento contra el impuesto sobre la renta, y la mecánica de acreditamiento descrita, son aplicables también a los pagos provisionales. Se analiza la procedencia de esta devolución y la aplicación de remanentes del impuesto sobre la renta en pagos provisionales y declaraciones anuales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.