La regulación y cobro de derechos por la instalación de antenas de telecomunicaciones es competencia exclusiva de la Federación, por lo que los municipios no pueden establecer contribuciones sobre esta materia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza una controversia constitucional interpuesta por el Poder Ejecutivo Federal en contra del Poder Legislativo y Ejecutivo de Oaxaca. El acto impugnado es el Decreto 2043, que expide la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Cruz Papalutla para el ejercicio fiscal 2024, específicamente el artículo 44, fracción II, que establece el cobro de derechos por licencias para la instalación de antenas de telecomunicaciones. El argumento central es que dicho cobro invade la esfera competencial de la Federación, reservada por el artículo 73, fracción XVII de la Constitución.
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