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217/2023NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito

La notificación de requerimientos de información a través del buzón tributario es legalmente válida si se acredita el registro y validación del medio de contacto, así como el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Código Fiscal de la Federación y la normativa aplicable, sin que sea exigible la acreditación de la apertura del documento por parte del contribuyente si este no lo consulta dentro del plazo legal.

Expediente
217/2023
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito
Ponente
Zeus Hernández Zamora
Fecha
27 abr 2026
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La notificación de requerimientos de información a través del buzón tributario es legalmente válida si se acredita el registro y validación del medio de contacto, así como el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Código Fiscal de la Federación y la normativa aplicable, sin que sea exigible la acreditación de la apertura del documento por parte del contribuyente si este no lo consulta dentro del plazo legal.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito negó el amparo a una empresa sancionada por no atender un requerimiento de información. La quejosa argumentó ilegalidad en la notificación por buzón tributario y en la fundamentación de la multa. El tribunal determinó que la notificación fue legal al acreditarse el registro y validación del correo electrónico, así como el cumplimiento de los requisitos de la constancia de notificación electrónica. Respecto a la multa, consideró que la conducta de no proporcionar la información solicitada dentro del plazo legal actualiza la infracción prevista en el Código Fiscal de la Federación, confirmando la validez de la sanción impuesta.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.