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4862/25-04-01-7ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Chihuahua

La fundamentación de la competencia de la autoridad aduanera en el acta de embargo precautorio es un requisito esencial para la validez del acto, cuya omisión genera la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada.

Expediente
4862/25-04-01-7
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La fundamentación de la competencia de la autoridad aduanera en el acta de embargo precautorio es un requisito esencial para la validez del acto, cuya omisión genera la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución aduanera que determinó un crédito fiscal y el embargo de un vehículo. La Sala Regional determinó que el embargo precautorio, asentado en un acta de hechos, fue ilegal al no fundar la autoridad su competencia de manera precisa y exhaustiva, contraviniendo el artículo 16 Constitucional y la jurisprudencia aplicable. La falta de fundamentación de la competencia deja al particular en estado de indefensión, al no poder conocer si el actuar de la autoridad se ajusta a derecho.

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