La fundamentación de la competencia de la autoridad aduanera en el acta de embargo precautorio es un requisito esencial para la validez del acto, cuya omisión genera la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución aduanera que determinó un crédito fiscal y el embargo de un vehículo. La Sala Regional determinó que el embargo precautorio, asentado en un acta de hechos, fue ilegal al no fundar la autoridad su competencia de manera precisa y exhaustiva, contraviniendo el artículo 16 Constitucional y la jurisprudencia aplicable. La falta de fundamentación de la competencia deja al particular en estado de indefensión, al no poder conocer si el actuar de la autoridad se ajusta a derecho.
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