La validación de un contrato privado de servidumbre voluntaria, continua y aparente de paso, procede cuando se cumplen los requisitos legales para su inscripción registral.
El presente fallo declara la validación de un contrato privado de servidumbre voluntaria, continua y aparente de paso. Se establece que una vez transcurrido el plazo legal y a solicitud de la parte promovente, se autoriza la inscripción del contrato y de la resolución judicial en el instituto registral correspondiente, siempre que se cumplan los requisitos señalados en el considerando quinto del fallo.
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