La invalidez de las normas que establecen cobros por el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, decretada en una acción de inconstitucionalidad, surte efectos a partir de la notificación de la sentencia al órgano legislativo emisor.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de diversos artículos de las Leyes de Ingresos de varios municipios del Estado de Michoacán de Ocampo para el ejercicio fiscal 2026. Estas normas establecían cobros relacionados con el ejercicio del derecho de acceso a la información pública. La declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de la sentencia al Congreso del Estado, impidiendo que las autoridades exijan dichos cobros.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.