La falta de entrega de recursos federales convenidos a un Municipio, derivada del incumplimiento de este último a sus obligaciones contractuales, no constituye una omisión atribuible a la autoridad federal, sino la consecuencia de la inobservancia de las cláusulas pactadas.
El Municipio de Pátzcuaro demandó al Poder Ejecutivo Federal la retención de subsidios para infraestructura. La Suprema Corte determinó que, si bien el Municipio realizó obras y el Ejecutivo Federal realizó pagos parciales, la falta de entrega del resto de los recursos se debió al incumplimiento del Municipio de sus obligaciones contractuales, como la presentación de reportes de avance. Por lo tanto, la omisión no era atribuible a la autoridad federal, sino a la inobservancia de las cláusulas del convenio por parte del Municipio.
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