La notificación por edictos es improcedente cuando el domicilio del demandado es conocido por la autoridad fiscal.
El juzgado de distrito amparó al quejoso al considerar que la notificación por edictos de un crédito fiscal fue ilegal. Se determinó que la autoridad fiscal conocía el domicilio del contribuyente, por lo que debió realizar la notificación de manera personal y no a través de edictos, contraviniendo así el derecho de audiencia del gobernado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.