El recurso de reclamación se desecha por notoriamente improcedente cuando se interpone contra un acuerdo que confirma el desechamiento de un recurso de revisión, pues dicho acuerdo es inimpugnable.
El presente asunto deriva de un recurso de reclamación interpuesto contra un acuerdo de la Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual desechó un recurso de revisión. El quejoso promovió amparo indirecto contra actos de un Juez Civil, el cual fue negado. Tras confirmarse esa negativa en revisión, interpuso un nuevo recurso de revisión que fue desechado por la Ministra Presidenta. El Tribunal Colegiado determinó desechar el recurso de reclamación, declarando firme el acuerdo de la Ministra Presidenta.
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