La negativa del amparo respecto de un acto reclamado y la concesión respecto de otro, en un mismo juicio, no contravienen el principio de indivisibilidad de la materia de amparo, pues cada acto debe ser analizado en su propia individualidad.
El juzgado negó el amparo respecto de un acto reclamado y lo concedió respecto de otro, ambos atribuidos a las mismas autoridades responsables. El quejoso impugnó la totalidad de un crédito fiscal y sus accesorios. El juzgado determinó que, si bien el crédito principal era válido, los accesorios reclamados eran ilegales, por lo que concedió el amparo para el efecto de que se eliminaran dichos accesorios, pero negó el amparo respecto del crédito principal. La sentencia se dictó en el expediente 57/2026 del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.