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493/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito· tema sin holding extraído

El acto reclamado es una sentencia mediante la cual, entre otros aspectos, se condenó al Instituto Mexicano del Seguro Social al pago de una pensión de incapacidad parcial permanente. Por tanto, conforme a lo previsto en el artículo 190 de la Ley de Amparo, y en términos de los criterios emitidos por la SCJN, debe negarse la suspensión del acto, toda vez que podría afectarse la subsistencia del trabajador pensionado mientras se resuelve el juicio de derechos. De ahí que, los agravios expuestos por el recurrente, son infundados e ineficaces.

Expediente
493/2025
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Ponente
Claudia Verónica Martínez Baca
Fecha
18 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

El acto reclamado es una sentencia mediante la cual, entre otros aspectos, se condenó al Instituto Mexicano del Seguro Social al pago de una pensión de incapacidad parcial permanente. Por tanto, conforme a lo previsto en el artículo 190 de la Ley de Amparo, y en términos de los criterios emitidos por la SCJN, debe negarse la suspensión del acto, toda vez que podría afectarse la subsistencia del trabajador pensionado mientras se resuelve el juicio de derechos. De ahí que, los agravios expuestos por el recurrente, son infundados e ineficaces.

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