La jurisprudencia por reiteración es obligatoria para las autoridades jurisdiccionales, mientras que la tesis aislada no lo es, salvo que sea emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la obligatoriedad de las tesis aisladas frente a la jurisprudencia. Señala que, conforme al artículo 217 de la Ley de Amparo, la jurisprudencia emitida por la SCJN es obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales. Sin embargo, una tesis aislada, incluso si es de un tribunal colegiado, no tiene el mismo carácter vinculante, especialmente si se considera que el tribunal emisor es jerárquicamente inferior a la SCJN.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.