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SJF · Tesis

La obligación de notificar al contribuyente o al contador público sobre el requerimiento de información o documentación, a que se refiere el artículo 55 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación abrogado, quedó suprimida con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2006 al artículo 52-A de dicho Código.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 feb 2011
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La obligación de notificar al contribuyente o al contador público sobre el requerimiento de información o documentación, a que se refiere el artículo 55 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación abrogado, quedó suprimida con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2006 al artículo 52-A de dicho Código.

Resumen

El presente caso analiza la obligación de notificar al contribuyente o a su contador público sobre el requerimiento de información o documentación durante una revisión fiscal. Se determina que dicha obligación, prevista en el artículo 55 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación abrogado, fue suprimida con la reforma al artículo 52-A del mismo Código, publicada el 28 de junio de 2006. La reforma incorporó el procedimiento del artículo 55 al 52-A, y posteriormente eliminó la exigencia de notificación específica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.