La notificación de actos administrativos por medios electrónicos no puede ser optativa a la notificación por estrados, pues ello contraviene el principio de seguridad jurídica.
El presente caso aborda la inconstitucionalidad del artículo 139 del Código Fiscal de la Federación, argumentando violaciones a los artículos 14, 16 y 17 constitucionales. La controversia surge de un juicio contencioso administrativo contra una resolución negativa ficta relacionada con una visita domiciliaria. La parte actora impugna la validez de las notificaciones electrónicas cuando se presentan como una opción a la notificación por estrados, argumentando que esto vulnera el principio de seguridad jurídica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.