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2369/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe determinar si el amparo directo en revisión cumple con los requisitos de procedencia previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, para analizar la ilegal detención, la vulneración al derecho de defensa adecuada y la ilegalidad en el reconocimiento practicado, a pesar de que el Tribunal Colegiado negó el amparo al considerar que las pruebas restantes acreditaban el delito y la responsabilidad penal.

Expediente
2369/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
23 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe determinar si el amparo directo en revisión cumple con los requisitos de procedencia previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, para analizar la ilegal detención, la vulneración al derecho de defensa adecuada y la ilegalidad en el reconocimiento practicado, a pesar de que el Tribunal Colegiado negó el amparo al considerar que las pruebas restantes acreditaban el delito y la responsabilidad penal.

Resumen

El sentenciado promovió amparo directo contra la sentencia penal, alegando ilegal detención, vulneración a su derecho de defensa adecuada y a la no autoincriminación. El Tribunal Colegiado negó el amparo, aunque reconoció ciertas ilegalidades, al considerar que las pruebas restantes acreditaban el delito. La Suprema Corte admitió el recurso de revisión al advertir una cuestión propiamente constitucional de interés excepcional, debiendo determinar si el recurso es procedente para analizar las violaciones al debido proceso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.