La invalidez de las disposiciones de las Leyes de Ingresos Municipales que establecen infracciones y sanciones por escándalo en la vía pública o por generar molestias, al contravenir los principios de taxatividad y legalidad en materia tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 75/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2024. La controversia se centró en la inconstitucionalidad de artículos que establecían infracciones y sanciones por escándalo en la vía pública o generar molestias, al considerar que violaban los principios de taxatividad, proporcionalidad tributaria y legalidad. La Corte declaró la invalidez de dichos artículos por mayoría de votos, al estimar que las normas no delimitaban con la precisión necesaria las conductas prohibidas y las sanciones aplicables.
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