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SJF · Ejecutoria

La vía judicial para dirimir controversias sobre créditos hipotecarios otorgados por el FOVISSSTE, cuando se reclame la inexistencia o nulidad del crédito, su cancelación, o la devolución de descuentos, es la civil, al tratarse de conflictos que versan sobre la aplicación de leyes federales que solo afectan intereses particulares.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
2 may 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La vía judicial para dirimir controversias sobre créditos hipotecarios otorgados por el FOVISSSTE, cuando se reclame la inexistencia o nulidad del crédito, su cancelación, o la devolución de descuentos, es la civil, al tratarse de conflictos que versan sobre la aplicación de leyes federales que solo afectan intereses particulares.

Resumen

La contradicción de tesis analizó la vía judicial correcta para resolver controversias entre derechohabientes y el FOVISSSTE, específicamente cuando se cuestiona la existencia de un crédito hipotecario, su cancelación o la devolución de descuentos. Los tribunales contendientes discreparon sobre si la vía era la laboral o la civil. El Pleno del Octavo Circuito determinó que, al tratarse de la aplicación de leyes federales que afectan únicamente intereses particulares, la vía idónea es la civil, conforme a lo dispuesto en el artículo 104, fracción II, de la Constitución Federal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.