Los agravios no son inoperantes cuando controvierten sólo una parte de la sentencia recurrida, si la argumentación combatida reviste autonomía.
Cuando una sentencia se sustenta en consideraciones diversas y desvinculadas, la parte recurrente puede combatir únicamente la parte que estime contraria a sus intereses. Los agravios no se consideran inoperantes por insuficientes si se enfocan en una de estas consideraciones autónomas, ya que el recurrente tiene la facultad legal de impugnar selectivamente las partes de la sentencia que le afecten.
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