El proceso legislativo que da origen a una norma, así como su refrendo y publicación, son actos formal y materialmente legislativos que, en su caso, pueden ser objeto de control de constitucionalidad y legalidad a través del juicio de amparo.
El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, al considerar que son actos de naturaleza formal y materialmente legislativa. Sin embargo, concede el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación y su reforma, estableciendo que la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en un procedimiento de revisión electrónica no puede justificar el cobro de una preliquidación mediante ejecución fiscal, debiendo declararse insubsistente cualquier acto emitido con ese fin.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.