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261/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El pago de intereses ordinarios sobre el monto total de un pagaré, a una tasa anualizada del 48% más el impuesto al valor agregado (IVA), pagaderos cada treinta días conjuntamente con el capital, es válido.

Expediente
261/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ
Fecha
30 nov 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El pago de intereses ordinarios sobre el monto total de un pagaré, a una tasa anualizada del 48% más el impuesto al valor agregado (IVA), pagaderos cada treinta días conjuntamente con el capital, es válido.

Resumen

El caso gira en torno a la validez de una cláusula en un pagaré que estipula el pago de intereses ordinarios a una tasa anualizada del 48% más IVA, los cuales serían pagaderos cada treinta días junto con el capital. El extracto proporcionado se enfoca en la especificación de estos intereses y su forma de pago, sugiriendo que dicha estipulación es legalmente aceptable dentro de las condiciones del pagaré.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.